viernes, 1 de abril de 2011

Fábulas: Negocios y Emprendimiento


La tortuga y la liebre o la consistencia de los esfuerzos

Uno de los mitos destruidos por el estudio de Collins y Porras es la creencia de que se necesita una gran idea empresarial y un éxito temprano para que una compañía funcione a la larga. En 1937, Bill Hewlett y Dave Packard, dos ingenieros recién graduados, con un capital de 500 dólares, comenzaron su actividad empresarial en el campo de la ingeniería electrónica. No tenían una idea brillante ni un plan determinando y ensayaron la fabricación de una gran diversidad de productos que obtuvieron un éxito modesto, cuando no fracasaron. Fue sólo cuarenta años después que consiguieron sus primeros contratosimportantes.

Muchas otras compañías de éxito alargo plazo tuvieron comienzos modestos. La investigación ha relevado una correlación negativa entre el éxito temprano de una empresa y los resultados a largo plazo.

Invertir en el futuro: La cigarra y la hormiga o el desarrollo de la organización

Las empresas que a la larga tienen éxito se concentran en prepararse para el futuro: invierten sus mejores energías en estructurar una organización perdurable. Y para eso, es más importante configurar la compañía en cuanto a sus valores, estructura, procesos, políticas e individuos, que contar con un líder carismático de cualidades excepcionales.

William McKnight, que dirigió los destinos de 3M desde 1914 hasta 1969, pasó sin pena ni gloria por la comunidad empresarial de su tiempo. Había comenzado en la empresa comoauxiliar de contabilidad y sus biógrafos lo describen como un hombre callado, reflexivo, serio, modesto... Y, sin embargo, 3M se convirtió durante esa época en una gran empresa, que aportó nuevos productos al mercado.

Las personalidades de muchos otros artífices de grandes empresas también rompen el moldedel líder con carisma. La lección es clara: si usted no es el líder carismático que se retrata en foros y artículos empresariales, no invierta en vano sus esfuerzos. Es más productivo concentrarse en la construcción de una compañía que pueda avanzar y crecer por sí sola.
Publicado por Maria Cristina Vargas Espinosa en 12:57 0 comentarios
Enviar por correo electrónico Escribe un blog Compartir con Twitter Compartir con Facebook Compartir con Google Buzz
ACUERDO 5 DE 2005
ACUERDO 5 DE 2005
(...)
Diario Oficial No. 45.911 de 17 de mayo de 2005
COMITÉ PARA LA OPERACIÓN DEL SICE - DECRETO 3512 DE 2003
Por el cual se fijan lineamientos para el funcionamiento del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE.
EL COMITÉ PARA LA OPERACIÓN DEL SICE,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 598 de julio 18 de 2000 creó el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, el Catálogo Unico de Bienes y Servicios, CUBS, y el Registro Unico de Precios de Referencia, RUPR, para la vigilancia de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan recursos públicos;
Que el artículo 6o del Decreto 3512 de diciembre 5 de 2003, creó el Comité para la Operación del SICE y autorizó al Contralor General de la República para integrarlo con funcionarios de la Contraloría General de la República;
Que el mencionado artículo faculta al Comité para invitar a participar en sus sesiones a funcionarios representantes de la Vicepresidencia de la República, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, del Ministerio de Comunicaciones, del Departamento Nacional de Planeación, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, de la Imprenta Nacional, de la Contaduría General de la Nación y funcionarios de otras entidades o personas que considere necesarias;
Que con base en los preceptos establecidos por el citado artículo, el Contralor General de la República expidió la Resolución Orgánica5546| de febrero 4 de 2004, mediante la cual integró el Comité para la Operación del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE;
Que el Decreto 3512 de diciembre 5 de 2003 en su artículo 7o, literal a), dispuso como una de las funciones del Comité para la Operación del SICE "Fijar lineamientos para el funcionamiento del SICE";
Que el Consejo de Estado mediante auto de febrero 2 de 2005, dentro del proceso radicado con el número 28615 (11001-03-26-000-2004-00044-01), ordenó la suspensión provisional del literal e) del artículo 18 del Decreto 3512 de 2003, el cual establece una excepción temporal del cumplimiento de las normas del SICE, a los procesos contractuales en cuantía inferior a 50 smmlv;
Que para hacer viable la operación del sistema y acatar la suspensión provisional ordenada por el Consejo de Estado, resulta imperioso fijar lineamientos para el funcionamiento del SICE;
Que el parágrafo 1o del artículo 1o del Decreto 2170 de 2002, reza: "Lo previsto en este artículo se aplicará a los casos de contratación directa a que se refiere el literal a) del numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993 con excepción de los procesos cuyo valor sea igual o inferior al diez por ciento (10%) de la menor cuantía";
Que el parágrafo 1o del artículo 2o del Decreto 2170 de 2002, dice: "Lo previsto en este artículo se aplicará a los casos de contratación directa a que se refieren los literales a), g) y h) del numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, con excepción de los procesos de contratación directa cuyo valor sea igual o inferior al diez por ciento (10%) de la menor cuantía";
Que analizados los criterios establecidos en el Estatuto Contractual de la Administración Pública y sus decretos reglamentarios, se considera que los rangos establecidos para la selección de contratistas en contratos cuyo valor no supere el diez por ciento (10%) de la menor cuantía, deben ser aplicados en la información que se rinda al SICE;
Que en todo caso, las entidades que aplican normas de contratación pública tienen la obligación de consultar el SICE;
Que las decisiones judiciales y los actos administrativos de carácter general son de obligatorio cumplimiento desde su publicación;
Que se estima necesario fijar los lineamientos mínimos que garanticen el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 598 de 2000;
Que con el anterior criterio se está dando aplicación a los principios de transparencia, economía y responsabilidad que rigen la contratación pública y la función administrativa;
Que el Comité para la Operación del SICE, en sesión de fecha mayo 3 de 2005, decidió en relación co n la información que debe ingresar al SICE, adoptar el criterio establecido para la celebración de contratos que no superen el diez por ciento (10%) de la menor cuantía;
Que una vez se conozca la decisión definitiva del Consejo de Estado, el Comité para la Operación del SICE adoptará las medidas pertinentes,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Las entidades que se rigen por la Ley 80 de 1993, realizarán la consulta al SICE en los siguientes términos:
a) Para los procesos contractuales cuyo valor sea igual o supere el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad, de conformidad con el literal a) del numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, exigirán el Certificado de Registro y realizarán la Consulta del CUBS y del Precio Indicativo, de que tratan los literales c) y d) del artículo 13 del Decreto 3512 de 2003;
b) Para los procesos contractuales cuyo valor no supere el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad, de conformidad con el literal a) del numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993 en consonancia con el Decreto 2170 de 2002 artículos 1o, 2o y 6o, deberá surtir la consulta de precios de mercado en el SICE, a través del Registro Unico de Precios de Referencia, RUPR, de acuerdo con la naturaleza de los bienes, servicios u obra pública a contratar. Para los procesos contractuales previstos en el presente literal, la acreditación del Certificado de Registro al proveedor se realizará en los casos que se estime pertinente por el respectivo ordenador del gasto.
ARTÍCULO 2o. Una vez se conozca la decisión definitiva del Consejo de Estado sobre la validez de la norma demandada, el Comité para la Operación del SICE adoptará las medidas pertinentes.
ARTÍCULO 3o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. El contenido del mismo será publicado en el Diario Oficial, en el Portal del SICE y se divulgará mediante instructivo.
Publicado por Maria Cristina Vargas Espinosa en 12:15 0 comentarios
Enviar por correo electrónico Escribe un blog Compartir con Twitter Compartir con Facebook Compartir con Google Buzz
Ley 1014 De De Fomento A La Cultura Del Emprendimiento.
Ley 1014 De De Fomento A La Cultura Del Emprendimiento.

En Colombia existe una ley nacional que busca fomentar la cultura del emprendimiento. Esta, identificada como la ley 1014 de 2006, pretende promover el espíritu emprendedor entre los estudiantes y hacer de ellos personas capacitadas para innovar y generar bienes servicios dirigidos a formar competencias empresariales.
La Ley del Emprendimiento se rige por varios principios de formación integral del ser humano: fortalecimiento de procesos de trabajo asociativo, reconocimiento de responsabilidades y apoyo a procesos de emprendimiento sostenibles desde lo social, cultural, ambiental y regional.
¿Qué pretende la Ley?
*Promover el espíritu emprendedor.
*Fomentar y desarrollar cultura emprendedora.
*Que el país tenga emprendedores con planes de negocio exitosos.
*Crear un vínculo entre el sistema educativo y el emprendimiento.
*Crear nuevas empresas.
*Promover la innovación.
*Fortalecer las empresas y unidades productivas existentes.

¿A que se compromete el Estado?
*Promover y garantizar el vínculo entre el sistema educativo y el emprendimiento.
*Destinar recursos públicos a través del Ministerio de Comercio para apoyar las redes de emprendimiento.
*Buscar acuerdos con entidades financieras que apoyen a los nuevos empresarios.
*Generar condiciones para que en las regiones surjan fondos de inversionistas ángeles.
*Establecer fondos de capital semilla y de capital de riesgo para apoyar nuevas empresas.

¿Qué son las redes de emprendimiento?
La Ley 1014 establece la creación de redes de emprendimiento que direccionen políticas de fomento a la cultura emprendedora. Para este fin existe la Red Nacional del Emprendimiento, la cual es coordinada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La Red esta conformada por 15 representantes de instituciones públicas y privadas, tal es el caso de ministerios, SENA, Colciencias, Fenalco y Acopi. Así mismo, acoge a jóvenes empresarios y representantes de fundaciones que apoyan y promueven la cultura..

viernes, 18 de marzo de 2011

taller comercio


1- Mediante un ejemplo explique el concepto de empresa e identifique sus elementos

R/=  Almacenes flamingo un almacén de venta de mercancía, que sirve o nos beneficia a nosotros los clientes, por su variedad de productos y servicios. nos entregan un buen servicio al cliente. 
Factor personas: cuenta con una variedad de personal, que nos brindan su  apoyo en distintas formas, como orientación de productos, vigilancia, etc.
factor trabajo: el personal de flamingo se encarga de varias cosas, unos vigilan el almacén, otros están recibiendo dinero, otros nos ayudan, etc.


·         fundación social santa
·         Viviana fundación ONG te opal
·         fundación malhumoro
·         Con ánimo de lucro 
  •  Coca-cola 
  • Éxito  
  • Postobon
Otras  
grupo ARC
ü  metro bus 
ü  sector cooperativo

3. De tres nombres de sociedades anónimas, tres limitadas y tres sin ánimo de lucro.
ü  manuelita S.A 
ü  postobon S.A 
ü  nova química Colombia S.A 
ü  fundación construyamos Colombia 
ü  funlibre 
ü  fundación bordar 
ü  cotragas LTDA 
ü  makro digital print ltda 
ü  remacon ltda


4.  Para cada una de las clases de sociedad establézcala diferencias que existen en los diferentes que existen entre los siguientes aspectos:

A) Razón social
B) número de socios
C) pago y naturaleza de los aspectos
D) responsabilidad de los socios

R/= A) Razón social:
ü  Limitada: Debe seguir de la abreviatura “Ltda”, ya que de no llevar esta razón social responde solidario e ilimitadamente
ü  Anónima: Sera la denominación que definan sus accionistas pero seguidas de “S.A.”


B) Numero de socios:
El numero mínimo de socios es de 2, máximo de 2
 Numero mínimo de accionistas 5, no tiene máximo
    
  C) Pago y naturaleza de los aspectos:



5- ¿Para qué se establece el rut y ante que entidad se transmita?
R/=  El R.U.T es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.
El R.U.T permite a la DIAN contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse en el mismo, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias así como la simplificación de trámites y reducción de costos.



6- En qué consiste el registro mercantil

R/= El registro mercantil es una función que la ley ha asignado a las cámaras de comercio, consistente en llevar una matrícula d los comerciantes y sus establecimientos de comercio, así como la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros y documentos que sean de carácter mercantil, o que afecten a la persona del comerciante, con el fin de darles publicidad y los efectos jurídicos que la ley señala.




7- En un ejemplo establezca la diferencia entre razón social y nombre comercial

R/= razón social: Éxito S.A ( es el nombre con que la empresa debe registraren la cámara de comercio)
Nombre comercial: éxito.


8- Enuncie 3 objetivos de contabilidad que les parezcan importantes
R/= 
ü  prever con anticipación las probabilidades futuras del negocio 
ü  Determinar las utilidades o pérdidas obtenidas al finalizar el ciclo económico
ü  Registrar en forma clara y precisa, todas las operaciones de ingresos y egresos



9- De 2 ejemplos en los se utilice la contabilidad de costo justifique tu respuesta
R/
 
ü  Empresa de leonisa 
ü  Empresa de tejicondor
Estas empresas utilizan la contabilidad porque son empresas industriales para lo cual compran materias primas para elaborar el producto como la elaboración de la ropa interior y la elaboración de las telas.



10- 5 ejemplos de transacciones que registre la contabilidad bancaria
R/= 
ü  Bancolombia le aprueba un prestamo a la empresa Faro Adhesivo por valor de $100´000.000 
ü  Leasin de Colombia aprueba el prestamo para la compra de 5 vehiculos 
ü  Se consigna al banco el valor de $10´000.000 
ü  Se paga la primera cuota del prestamo de los $100´000.000 por valor de $20´000.000 
ü  Se paga los intereses del prestamo de los $ 100´000.000 por valor de 5´000.000


11- Que relacion existe entre la empresa y contabilidad
R/=  La contabilidad es una técnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados, para que los gerentes a través de ella puedan orientarse sobre el curso que siguen sus negocios ; permitiendo así conocer la estabilidad, la solvencia y la capacidad financiera de la empresa.


12- Que caracteristicas tiene la contabilidad comercial

R/= La contabilidad es una técnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados. Por consiguiente, los gerentes o directores a través de la contabilidad podrán orientarse sobre el curso que siguen sus negocios mediante datos contables y estadísticos.


13- Defina cada una de las cualidades de la informacion contable
R/ 
ü  Compresibilidad: la norma define que se cumple cuando la información es clara y fácil de entender por todos los usuarios de la información.
ü  Relevancia: entre más relevante sea la información, es decir entre mas pueda ejercer influencia sobre las decisiones económicas de los que la utilizan, la información será más útil
ü  Pertinente: cuando posee valor de retroalimentación, valor de predicción y cuando es oportuna la información se considera que es útil.
ü  Confiabilidad: cuando la información es neutral, confiable y representa fielmente los hechos económicos de la empresa se cumple con esta característica
ü  Comparabilidad: esta característica se cumple Cuando esta preparada la información sobre bases uniformes. 


14- En un negocio ¿Que garantiza los siguientes documentos?
A- Certificado de cuerpo de bomberos
B- patente de sanidad
C- Certificados expedidos por las oficinas de planeación municipal y de obras publicas
D- Paz y salvo de sayco acinproo
R/=
ü  A) Para dar fe que las instalaciones cumplen con todos los requisitos legales y reglamentarios orientados hacia la prevencion de incendios.
La empresa solicitará en la Estación de Bomberos el certificado de Bomberos..............Para esto, solicita en forma verbal o escrita, una visita al negocio, la cual será realizada por el Inspector quien revisará que el establecimiento cumpla con las normas de seguridad exigidas ( Extintores de H2O, Co2, espuma, buenas instalaciones eléctricas, etc.) .. La empresa debe pagar un impuesto de bomberos que se cancela por medio del impuesto de Industria y Comercio
ü  B) Fue abolida por el decreto 2150 de diciembre del 95. Actualmente sólo se realiza una visita de control sanitario para lo cual se requiere llevar en la carta para solicitar la visita.
ü  C) Dan testimonio de que el establecimiento está ubicado en un buen lugar, es decir, donde no perjudica a la comunidad.
ü  D) Para la empresa que no utilice música en sus operaciones comerciales, se le expedirá el certificado de no usuario. Los establecimiento comerciales que utilicen música para su operación tendrán que pagar este impuesto a la Sociedad de Autores y Compositores, SAYCO y a la Asociación Colombiana de Intérpretes y Productores, ACINPRO.

viernes, 11 de marzo de 2011




2. clasifique las empresas de acuerdo con su actividad y dé tres ejemplos de cada clase.

R/

miércoles, 2 de marzo de 2011

CAMARA DE COMERCIO MEDELLIN





Misión
Somos una organización privada, gremial, con ordenamiento legal, dedicada a la prestación de los servicios que requieren los empresarios, mediante la utilización de un grupo humano calificado y los mejores recursos tecnológicos.

Trabajamos con base en la ética y la eficiencia, el respeto por el otro, sentido de responsabilidad y compromiso con la comunidad empresarial.


Visión
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia será generadora de excelencia para una comunidad mercantil moderna, muy dinámica, regional y globalizada.

Historia
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, fue creada en 1904 y es la segunda Cámara de Comercio de Colombia en número de comerciantes matriculados.

Presta servicios integrales a 69 municipios que cubren la jurisdicción, atendidos por cinco centros empresariales.

Desde la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia se gestan, lideran y acompañan los más ambiciosos proyectos que buscan consolidar a Medellín y Antioquia como la mejor plataforma para operar negocios en el país. La Entidad registra la trayectoria económica de la región lo cual la posiciona cada vez más como órgano consultivo para instancias públicas y privadas.

A lo largo de su gestión, la Cámara ha orientado la actividad económica de la región con vanguardistas estudios de coyuntura y prospectiva que miden el pulso de Medellín y Antioquia, investigaciones que aportan elementos de juicio a analistas de la economía y del sector público, así como a empresarios e, inversionistas. Además, de constituirse en una importante fuente de información económica para los medios de comunicación de la ciudad y del país.

Dentro del sistema cameral colombiano la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia se destaca por su liderazgo en la administración de los registros a su cargo, la gestión de proyectos de cooperación internacional, la implementación de servicios virtuales, la capacidad tecnológica instalada y el desarrollo del proyecto Imágenes, el cual permite tener un registro óptico de más de 10 millones de documentos, que pueden ser consultados en tiempo real para las operaciones internas y la prestación de los servicios.

La probidad en el desempeño de sus funciones le ha permitido a la Organización tener liderazgo regional. En la actualidad cuenta con cerca de 70.000 comerciantes activos, fuerza empresarial que conjuntamente con la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia trabajan por hacer de la región un importante escenario de negocios.

Somos, en definitiva, el mejor aliado de los empresarios de Antioquia.

Reflexion 2/03/2011

Nos conformamos en vez de arriesgarnos, sin pensar que cada día que pasa, no volverá.

Nada está escrito, nada es imposible, ni siquiera posible... todo depende de nuestra voluntad, de esas fuerzas que nos salen de adentro, decir de adentro es decir que puedo afrontar cada desafío.

Tenemos el poder cuando estamos convencidos, cuando estamos decididos, cuando de verdad queremos algo.

No hay obstáculo capaz de imponerse, si queremos podemos llegar más lejos, si queremos podemos llegar más alto, si queremos podemos hacer lo que sea... "sólo hay que proponérselo"...

La vida es algo hermoso, siempre y cuando la hagas a tu manera, sin dejar que nada ni nadie opine por ti, que se meta en tus asuntos queriendo arreglarlos.

Nunca dejes que nadie te arruine la vida.